Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC)

Plaza de la Constitución nº 12 – primera planta.
Contacto: 91 856 21 33 | consumo@ayto-torrelodones.org
Horario de atención presencial: lunes, martes, jueves y viernes, de 9:00 a 14:30 horas.

¿Qué es la OMIC?

La Oficina Municipal de Información al Consumidor presta un servicio gratuito a los consumidores y usuarios, en ejercicio de las competencias asumidas en materia de Consumo por el Ayuntamiento de Torrelodones.

¿Cuáles son sus funciones?

  • Edición de hojas de reclamaciones, así como tramitación de la solicitud y distribución de las mismas entre los establecimientos ubicados en el municipio con la obligación de disponer de ellas.
  • Informar, ayudar y orientar a los ciudadanos sobre cómo defender sus derechos como consumidores en la compra de bienes y en la contratación de servicios.
  • Recibir y tramitar denuncias y reclamaciones; realizar mediaciones buscando soluciones por acuerdo entre las partes, o remitirlas a las entidades u organismos correspondientes. Recibir y tramitar solicitudes de arbitraje.
  • Informar acerca de las direcciones y principales funciones de otros organismos, públicos o privados, relacionados con el consumo.
  • Educar y formar a los consumidores y usuarios para promover la mayor libertad y racionalidad en el consumo de bienes y la utilización de servicios.
  • Fomentar y divulgar el Sistema Arbitral de Consumo, como procedimiento voluntario y extrajudicial de resolución de conflictos entre comerciantes y consumidores y usuarios.
  • Colaboración con el Programa Regional de Protección al Consumidor con el fin de garantizar una eficaz y homogénea defensa de los derechos de los consumidores y usuarios.

¿Quién es consumidor?

Son consumidores o usuarios las personas físicas o jurídicas que actúan en un ámbito ajeno a una actividad empresarial o profesional.

Ejemplo: puede reclamar si compra un libro para leerlo, una lavadora para lavar su ropa, o un coche para su uso particular.

No pueden reclamar a través de los Servicios de Consumo los empresarios, comerciantes o profesionales que adquieran un bien o utilicen un servicio con el fin de integrarlos en procesos de producción, transformación, comercialización o prestación a terceros, aún cuando dicha integración no implique un beneficio directo.

Ejemplo: no puede reclamar si compra un libro al editor para venderlo en su librería, adquiere la lavadora para su negocio de tintorería, o compra el vehículo para ejercer su profesión de taxista.

Tampoco es posible la solución de conflictos entre particulares con la intervención de los organismos de consumo, porque el vendedor no se dedica profesionalmente a ello.

Igualmente, no se pueden reclamar en la OMIC hechos en los que haya intervenido una Administración Pública: deberá dirigirse a la Administración correspondiente. Sí podrán intervenir los Servicios de Consumo cuando las entidades públicas produzcan, faciliten, suministren o expidan bienes, productos, servicios, actividades a los consumidores cuando ejerzan la actividad en régimen de derecho privado.

¿Cómo se puede reclamar?

Rellenando y entregando el formulario de reclamación: Descargar formulario de reclamación (puede obtener la versión en papel en el Registro General del Ayuntamiento o en la Oficina Municipal de Información al Consumidor)

Es importante explicar en detalle el motivo de reclamación o denuncia. Si no encuentra espacio suficiente en el apartado correspondiente, se puede añadir un escrito complementario que debe fechar y firmar.

En toda reclamación hay que concretar una pretensión, con el objeto de defender sus derechos, tal y como la Ley previene, por lo que tendrá que especificar su solicitud.

Si no tiene una pretensión, o no solicita nada del establecimiento o profesional con el que mantiene el conflicto, se entenderá que lo que presenta es una denuncia, la cual tiene por objeto poner en conocimiento de la autoridad administrativa una posible infracción en materia de consumo. Estas serán objeto de las sanciones administrativas correspondientes, si así procede después de la instrucción del oportuno expediente, sin perjuicio de las responsabilidades de otra índole que puedan concurrir.

Actuación de la OMIC

Todas las reclamaciones serán analizadas y contestadas. Se procederá a dar traslado al órgano competente en caso de que no corresponda su tramitación a la OMIC de Torrelodones.

Cuando las reclamaciones afecten a un establecimiento o profesional que realiza su actividad en este municipio, se realizará una mediación para la solución amistosa del conflicto.

Cuando no haya acuerdo entre las partes, el conflicto puede dirimirse a través del Sistema Arbitral de Consumo.