La nueva zona comenzará a funcionar próximamente
Desde fuentes municipales: página web y redes sociales, se irá informando de los plazos para solicitar las nuevas tarjetas de estacionamiento
La nueva Ordenanza municipal del Servicio de Ordenación y Regulación del Estacionamiento de Vehículos en la Vía Pública y Espacios de Uso Público entra en vigor tras haber sido sometida a información pública sin que se presentaran alegaciones durante el plazo legalmente establecido.
Dicha ordenanza, aprobada inicialmente en sesión plenaria del 20 de marzo de 2025, tiene como finalidad organizar y regular el estacionamiento de vehículos de tracción mecánica en zonas debidamente señalizadas, con el objetivo de garantizar la rotación de vehículos y mejorar la movilidad urbana.
Las zonas de estacionamiento limitado funcionarán de lunes a sábado de 09:00 a 19:00 h en invierno y en verano.
Clasificación de zonas
La ordenanza establece cuatro tipos de Zonas de Estacionamiento Limitado, en función del tiempo máximo permitido de estacionamiento:Zona 1: hasta 180 minutos
Zona 2: hasta 120 minutos
Zona 3: hasta 60 minutos
Zona 4: hasta 30 minutos
También se definen Áreas Especiales de Estacionamiento dirigidas a residentes o trabajadores en el municipio, con un tiempo máximo de estacionamiento de 48 horas.
Exclusiones
Están exentos de la limitación de tiempo determinados vehículos, entre ellos:
Vehículos de personas con movilidad reducida con tarjeta correspondiente
Vehículos con distintivo ambiental «Cero Emisiones»
Vehículos sanitarios y de emergencias
Taxis y VTC con conductor presente
Vehículos de organismos públicos o con autorización municipal
Sistema de control y autorizaciones
El estacionamiento en zonas limitadas estará regulado mediante máquinas expendedoras de tiques o sistemas equivalentes. Para las Áreas Especiales de Estacionamiento, los usuarios deberán disponer de una tarjeta de estacionamiento expedida por el Ayuntamiento, previa solicitud y cumplimiento de los requisitos establecidos, como estar empadronado o trabajar en el municipio, disponer del vehículo a su nombre y estar al corriente del pago de tasas e impuestos.
Solicitud de la tarjeta de estacionamiento
La solicitud de la tarjeta de estacionamiento deberá ir acompañada de la siguiente documentación:
- Fotocopia del documento Nacional de Identidad, tarjeta de residentes para extranjeros o pasaporte.
- Fotocopia del permiso de circulación del vehículo que acredite que el solicitante o su representado es el conductor habitual del vehículo.
- Certificado de empadronamiento en el municipio o justificación fehaciente de contar con un puesto de trabajo en el municipio para los no empadronados.
- En el caso de trabajadores en el municipio que no sean residentes, justificante del alta del vehículo en el Padrón del Impuesto sobre Vehículos de TracciónMecánica (IVTM) del Ayuntamiento de Torrelodones.
- Justificación de estar al corriente del pago del impuesto municipal de vehículos de tracción mecánica, así como de cualquier otro tributo municipal.
- Justificante de pago de la tasa de expedición del título habilitante que vendrá determinada en la ordenanza fiscal correspondiente.



