La nueva zona comenzará a funcionar próximamente
Desde fuentes municipales: página web y redes sociales, se irá informando de los plazos para solicitar las nuevas tarjetas de estacionamiento
La nueva Ordenanza municipal del Servicio de Ordenación y Regulación del Estacionamiento de Vehículos en la Vía Pública y Espacios de Uso Público entra en vigor tras haber sido sometida a información pública sin que se presentaran alegaciones durante el plazo legalmente establecido.
Dicha ordenanza, aprobada inicialmente en sesión plenaria del 20 de marzo de 2025, tiene como finalidad organizar y regular el estacionamiento de vehículos de tracción mecánica en zonas debidamente señalizadas, con el objetivo de garantizar la rotación de vehículos y mejorar la movilidad urbana.
Las zonas de estacionamiento limitado funcionarán de lunes a sábado de 09:00 a 19:00 h en invierno y en verano.
Clasificación de zonas
La ordenanza establece cuatro tipos de Zonas de Estacionamiento Limitado, en función del tiempo máximo permitido de estacionamiento:
Zona 1: hasta 180 minutos
Zona 2: hasta 120 minutos
Zona 3: hasta 60 minutos
Zona 4: hasta 30 minutos
También se definen Áreas Especiales de Estacionamiento dirigidas a residentes o trabajadores en el municipio, con un tiempo máximo de estacionamiento de 48 horas.
Exclusiones
Están exentos de la limitación de tiempo determinados vehículos, entre ellos:
Vehículos de personas con movilidad reducida con tarjeta correspondiente
Vehículos con distintivo ambiental «Cero Emisiones»
Vehículos sanitarios y de emergencias
Taxis y VTC con conductor presente
Vehículos de organismos públicos o con autorización municipal
Sistema de control y autorizaciones
El estacionamiento en zonas limitadas estará regulado mediante máquinas expendedoras de tiques o sistemas equivalentes. Para las Áreas Especiales de Estacionamiento, los usuarios deberán disponer de una tarjeta de estacionamiento expedida por el Ayuntamiento, previa solicitud y cumplimiento de los requisitos establecidos, como estar empadronado o trabajar en el municipio, disponer del vehículo a su nombre y estar al corriente del pago de tasas e impuestos.
Solicitud de la tarjeta de estacionamiento
La solicitud de la tarjeta de estacionamiento deberá ir acompañada de la siguiente documentación:
1. Fotocopia del documento Nacional de Identidad, tarjeta de residentes para extranjeros
o pasaporte.
2. Fotocopia del permiso de circulación del vehículo que acredite que el solicitante
o su representado es el conductor habitual del vehículo.
3. Certificado de empadronamiento en el municipio o justificación fehaciente de
contar con un puesto de trabajo en el municipio para los no empadronados.
4. En el caso de trabajadores en el municipio que no sean residentes, justificante del
alta del vehículo en el Padrón del Impuesto sobre Vehículos de TracciónMecánica (IVTM) del Ayuntamiento de Torrelodones.
5. Justificación de estar al corriente del pago del impuesto municipal de vehículos de
tracción mecánica, así como de cualquier otro tributo municipal.
6. Justificante de pago de la tasa de expedición del título habilitante que vendrá determinada en la ordenanza fiscal correspondiente.



