La época de peligro medio y alto de incendios tiene lugar del 16 de mayo al 31 de octubre
Con la llegada de la época de peligro medio y alto de incendios forestales (del 16 de mayo al 31 de octubre), el Ayuntamiento de Torrelodones ha publicado el correspondiente Bando de Medidas de Prevención ante Incendios Forestales, en cumplimiento del Plan de Protección Civil de Ámbito Local y del Plan INFOMA de la Comunidad de Madrid.
Torrelodones, como municipio clasificado como Zona de Alto Riesgo (ZAR), está obligado a desarrollar acciones preventivas para garantizar la seguridad de vecinos y entornos naturales frente a los incendios. Por ello, se recuerda a la ciudadanía una serie de obligaciones y recomendaciones clave, según el tipo de terreno.
Medidas en terrenos urbanos y urbanizaciones
- Limpieza de parcelas antes del 15 de junio
Todos los terrenos deben mantenerse durante todo el año en condiciones adecuadas de seguridad, salubridad y ornato público.
Es obligatorio eliminar la vegetación seca o muerta, incluyendo la acumulada en tejados, canalones y setos.
Los residuos deben ser gestionados por el propietario, sin dejar restos en la vía pública, lo que puede ser sancionado. - Uso de barbacoas y dispositivos para cocinar
Deberá cumplir con lo indicado en el Bando específico sobre uso de barbacoas en suelo urbano, respetando todas las condiciones y medidas preventivas. - Prohibición de quemas en época de riesgo
Entre el 16 de mayo y el 31 de octubre, queda prohibida cualquier quema de residuos. - Control de maquinaria peligrosa cerca del monte
En terrenos urbanos situados a menos de 50 metros de terreno forestal, el uso de maquinaria que pueda generar chispas, deflagraciones o descargas eléctricas deberá ser comunicado previamente al Ayuntamiento mediante correo electrónico a: protecivil@ayto-torrelodones.org.
Medidas en montes y terrenos forestales
- Prohibiciones durante todo el año
- Arrojar colillas, fósforos o residuos inflamables.
- Transitar con vehículos fuera de caminos autorizados.
- Realizar quemas, utilizar fuego o transportar materiales inflamables o explosivos.
- Lanzar cohetes, fuegos artificiales o pirotecnia sin la debida autorización de la Comunidad de Madrid y, en su caso, del Ayuntamiento.
- Utilizar fuego para cocinar o calentarse sin autorización expresa del organismo autonómico competente.
- Autorización obligatoria en época de riesgo
En zonas forestales y una franja de 400 metros a su alrededor, el uso del fuego o de maquinaria que pueda generar deflagraciones, chispas o descargas eléctricas requerirá autorización expresa de la Dirección General de Emergencias.
La solicitud debe realizarse a través de los siguientes canales:
- Correo electrónico: usofuego@madrid.org
- Fax: 915 801 848
- Teléfono: 915 801 849
- Teléfono gratuito: 900 720 300
El Ayuntamiento de Torrelodones ruega la colaboración de todos los vecinos en el cumplimiento riguroso de estas normas, recordando que la prevención es responsabilidad de todos y que el incumplimiento puede acarrear consecuencias graves para las personas, los bienes y el entorno natural del municipio.



